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DICTAMENES CLAVEDurante la última década cortes de altos niveles han emitido una serie de dictámenes condenando el Castigo Corporal hacia los niños. Algunos se relacionan sólo al Castigo Corporal en los sistemas penales o en las escuelas. Otros condenan el Castigo Corporal por parte de los padres.Esta sección brinda resúmenes y/o textos sobre esos dictámenes.Análisis de los estándares de los Derechos Humanos y los dictámenes claveUn análisis detallado de las reformas legales contra el Castigo Corporal, Derechos Humanos y dictámenes clave: Spare the rod, embrace our humanity: Toward a new legal regime prohibiting corporal punishment of children, Susan H Bitensky, copyright 1998 University of Michigan Law School; Susan H Bitensky. La Declaración de la Convención Europea sobre los Derechos Humanos; decisiones relevantes de la comisión europea y la Corte sobre los Derechos HumanosLa Comisión Europea y la Corte sobre los Derechos Humanos han considerado una serie de disposiciones donde se alega que el Castigo Corporal hacia los niños constituye una violación a la Convención Europea de los Derechos Humanos, que data de 1978. La Comisión de los Derechos Humanos, se estableció en Strasbourg, Francia en 1959, para lidiar con las violaciones que se legaban en 1950 ante la Convención Europea de los Derechos Humanos. El 1 de Noviembre de 1998 una Corte a tiempo completo se estableció, reemplazando al sistema de dos años de prueba de la Comisión y Corte. Las Golpizas parentales son una violación para la ConvenciónRecientemente, en Septiembre de 1998, la Corte Europea el ordenó al gobierno del Reino Unido a pagar 10.000 como compensación a un niño que había sido golpeado con una correa repetidamente por su padrastro (el caso de A contra RU). Este fue el primer caso relacionado al Castigo Corporal parental considerado por la Corte. El procesamiento del padrastro fracasó en a Corte sobre las bases fue calificado como "corrección razonable". La Corte Europea, encontró de forma unánime que se había violado el artículo 7 de la Convención Europea ("Ninguna persona debe ser sometida la Castigo Corporal o un tratamiento cruel, inhumano o degradante o forma de castigo"). Citó a la Convención de las Naciones Unidas, donde se declara que "debe existir formas efectivas de persuasión" para proteger a los niños y a otros individuos vulnerables. Ver el resumen del caso A vs. Reino Unido. Decisiones previas de la Comisión Europea y de la corte de los Derechos Humanos han condenado el Castigo Corporal a infractores juveniles y a niños escolares donde sostuvieron que la prohibición del Castigo Corporal en el hogar no constituye una violación a los derechos de la familia y a su vida privada, por e contrario, deben ser vistos como pasos positivos que se toman con el fin de eliminar la violencia contra los niños. Azotes judiciales a jóvenesEn 1978, la Corte Europea de los Derechos Humanos en Strasburg dictaminó que el azote judicial a los jóvenes (en la isla de Man - territorio perteneciente al Reino Unido) violaba el artículo 3 de la Convención Europea, donde se prohíbe "el tratamiento inhumano, degradante o el castigo" (Tyrer v UK). Desafiando el Castigo Corporal en las escuelasEn Febrero de 1982, la Corte Europea, encontró que el Reino Unido violaba la Convención Europea al ignorar las objeciones de los padres sobre el Castigo Corporal en las escuelas (Campbell and Cosans v UK). Dos madres escocesas, Sra. Grace Campbell y la Sra. Jane Cosans, alegaron que el Castigo Corporal que se inflingía en el colegio de sus hijos violaba e artículo 3. como ninguno de sus hijos había sido castigado corporalmente, el alegato fue rechazado por la corte. Pero lo que ocurrió fue que el Reino Unido fracasó al respetar las convicciones filosóficas de los padres. El artículo 2 del protocolo 1 en la Convención establece: "ninguna persona s ele debe negar el derecho a la educación. En el ejercicio de sus funciones, donde se asume la relación entre la educación y la enseñanza, el estado deberá respetar el derecho son el que cuentan los padres que esa educación se brinde en conformidad con sus creencias religiosas y convicciones filosóficas." Jeffrey Cosans, de 15 años de edad, fue suspendido de la escuela cuándo se negó a recibir el Castigo Corporal. La Corte encontró que a él también se el había negadp su derecho a la educación. Este dictamen y otras decisiones de la Comisión Europea sobre los Derechos Humanos sobre las aplicaciones, llevó a los niños escolares del Reino Unido y a sus padres a abolir el Castigo Corporal en todas la escuelas que dependen del estado, 1987. Pero continuó siendo legal en las escuelas privadas, que no recibían apoyo del estado hasta Septiembre de 1999. En 1993, la Corte Europea halló que el castigo infringido a un niño en una escuela privada del Reino Unido (fue golpeado 3 veces con la planta de un zapato sobre las nalgas) no alcanzaba el grado de severo como para constituir una violación al artículo 3 de la Convención; pero este dictamen fue aprobado por cinco votos contra cuatro, y la Corte en enfatizó que no deseaba contarlo como una aprobación de alguna forma de Castigo Corporal en las escuelas y que, el tratamiento que recibió el niño, se situaba en límite (Costello-Roberts v UK). Desafiando el rechazo a la prohibición del Castigo Corporal suecoEn otra decisión significativa, tomada en 1982, La Comisión Europea sobre los Derechos Humanos rechazó una solicitud de los padres suecos que alegaron que la prohibición del Castigo Corporal parental de 1979, violaba su derecho al respeto a la vida familiar. La Comisión concluyó: "Los efectos actuales de las leyes están orientados a asegurar a revisión positiva de los castigos que infringen los padres a sus niños, a evitar el abuso y a prevenir los excesos que pueden ser descritos como violencia cometida contra los niños" (Seven Individuals v Sweden, European Commission of Human Rights, Admissibility Decision 13 May 1982). El desafío de las escuelas cristianas sobre la prohibición de las golpizas en las escuelas fracasaRecientemente, en Septiembre del 2000, la Corte Europea rechazó de manera unánime, sin una audiencia, una solicitud de individuos asociados a un grupo de escuelas privadas cristianas en el Reino Unido, alegando que la implementación de una prohibición del Castigo Corporal en las escuelas privadas, constituye una violación a los derechos que tiene los padres a la libertad de praxis religiosa y vida familiar. (Decision on admissibility of Application no. 55211/00 by Philip Williamson and Others against the UK). Vea también el rechazo de la Corte Sudafricana al desafío de las escuelas cristianas. CanadáEn Enero del 2004, la Corte Suprema de Canadá limitó de forma estricta la legalidad del Castigo Corporal perental, y dictaminó la prohibición del castigo en las escuelas. Pero por seis a tres votos fue rechazada la solicitud, de que la sección del código criminal canadiense lo declare insconsitucional, hecha por la Fundación Canadiense por la Juventud, los Niños y las Leyes. Haga click aquí para el texto completo del dictamen [idioma inglés]. Siga leyendo para ver los dictámenes menores. Enero del 2002: La Corte de Apelaciones de Ontario condena el Castigo Corporal - pero rechaza el desafío constitucionalLa Corte de Apelaciones de Ontario Canadá, declaró a través de un dictamen liberado en Enero, 15 del 2002, que el gobierno canadiense "ha determinado clara y apropiadamente" que el Castigo Corporal hacia los niños es malo. Pero la Corte de Apelaciones sostuvo la constitucionalidad de la ley que justifica el empleo de "la fuerza razonable" por parte de los padres, profesores y otros para disciplinar a los niños. La Corte encontró que aún si la ley actual concede la igualdad de los derechos bajo la Carta sobre los Derechos y las Libertades, se justificaba limitar esos derechos. El Dictamen de la Corte se encuentra en http://www.ontariocourts.on.ca/decisions/2002/january/canadianC34749.htm [idioma inglés] La Fundación Canadiense por los Niños, Jóvenes y Ley de Toronto, www.jfcy.org [página en idioma inglés] que lideró el desafío, comentó: "estamos decepcionados con el resultado. No obstante, la decisión dice que el Castigo Corporal hacia los niños es una mala cosa, fracasa al reconocer claramente los derechos que tiene los niños en a sociedad canadiense. Se queda sólo en decir que "los niños son personas también" (para el texto completo en formato PDF [idioma inglés] haga click aquí). El reto esta bajo la Carta Canadiense sobre los Derechos Humanos, La sección 43 del Acta de Crímenes Canadienses provee una defensa para el Castigo Corporal. Declara: "a cada profesor de escuela, padre o persona que esté en el lugar de los padres, se el justifica el empleo de la fuerza como un medio de corrección al estudiante o al niño, si la fuerza no excede lo que es razonable según las circunstancias". La solicitud busca revocar la sección, alegando que viola los derechos que tiene los niños, sostenidos en la Carta, a la misma protección, bajo las leyes y a la seguridad. La confianza está puesta sobre las obligaciones que tiene Canadá bajo la Convención sobre los Derechos del Niño. La solicitud fue rechazada por una corte menor (la Suprema Corte de Ontario) en Julio del 2000: Julio 2000: La Corte Superior de Ontario condena el Castigo Corporal pero defiende la sección 43. La solicitud fue oída por primera vez por la Corte Superior de Ontario, que la rechazó en Julio del 2000.Breves extractos del dictamen de Justicia David McCombsIntroducción:
Conclusión
Costa RicaCorte Criminal de Casación dice que la autoridad paternal no incluye el lastimar a los niñosEn Octubre del 2005, la Corte Criminal de Casación del Segundo Circuito Judicial de San José rechazó la apelación de un padre convicto por castigar a su hija con un cinturón. El padre argumentó que sus acciones se basaron en “una costumbre que ha existido por más de veinte años” y que había utilizado un cinturón suave que no tenía hebilla. La Corte señaló que la legislación reconoce el derecho y deber conferidos bajo autoridad paternal para, “corregir a los niños de manera moderada” (Código Familiar, art. 143). Sin embargo, la Corte argumentó:
La Corte citó el artículo 19 de la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas el derecho a la protección contra toda forma de violebncia física o mental y las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño respecto a prohibir el castigo corporal en el hogar. La Corte también citó la legislación doméstica de Costa Rica reconociendo el derecho de los niños al respeto de su “integridad física, psicológica y moral” (Código de los iños y Adolescentes, art. 24), concluyendo “que los derechos otrogados a los padres bajo los derechos y deberes paternales están limitados por los derechos humanos de los menores y por las prohibiciones expresamente establecidas en las leyes criminales” y señalando:
Por estas y otras razones, la apelación fue declarada infundada. El texto completo del dictamen de Costa Rica se encuentra disponible aquí (PDF). [idioma inglés] Desde febrero del 2007, se está discutiendo en Costa Rica una la legislación que prohibiría todo castigo corporal hacia los niños, incluso al interior de la familia. Para más detalles véase el reporte por país para Costa Rica. FijiCorte Superior de Fiji en Lautoka falla en contra del castigo corporal judicial y en las escuelasEl 21 de Marzo del 2002, la Corte Superior de Fiji en Lautoka falló en el caso de Naushad Ali v el Estado (Apelación Criminal No. HAA 0083 of 2001), respecto a una apelación contra una sentencia judicial de castigo corporal consistente en seis golpes. En casos anteriores las cortes habían fallado en contra del uso de castigo corporal, pero Naushad Ali fue el primero que examinó la constitucionalidad delcastigo corporal. En su presentación a la Corte, la Comisión de los Derechos Humanos de Fiji había pedido que también se considerara el castigo corporal en las escuelas, argumentando que todo castigo corporal está en contra de la sección 25(I) de la Constitución y de las leyes internacionales de derechos humanos. La sección 25(1) de nuestra Constitución (1997) establece: “Toda persona tiene el derecho a estar libre de cualquier tipo de tortura, ya sea física, mental o emocional, y de tratos o castigos crueles, inhumanos, degradantes o desproporcionadamente severos.” El dictámen señaló que “la interpretación de una constitución debe reflejar los cambios en la sociedad” (como refleja la sección 3 de la propia Constitución de Fiji) y que “el castigo y trato de las personas por parte de instituciones estatales que puedan haber sido condonadas en el pasado pueden ser ofensivas para el presente”, y siguió:
El dictamen prestó particular atención a dictámenes sobre provisiones similares en las Constituciones de Namibia (Fiscal General de Namibia: en referencia al Castigo Corporal por Organos del Estado) y Zimbabwe (Ncube y Otros v el Estado) (ver [VINCLUOS A PARRAFOS RELEVANTES MAS ABAJO]), notando que “si bien hay ligeras variaciones en el lenguaje, está claro que las interpretaciones de las provisiones confirman claros pronunciamientos hacia la prohibición del castigo corporal, ya sea judicial o cuasi-judicial o administrativo, incluyendo el castigo corporal en las escuelas”. Al abordar el castigo corporal en las escuelas, el dictamen señaló:
El dictamen concluyó que la sentencia de seis golpes se anulara y que:
El texto completo del dictamen de Fiji se encuentra disponible aquí (PDF). [idioma inglés] IndiaCorte Suprema de Delhi - el Castigo Corporal en las escuelas es declarado ilegalUna petición realizada por el Forum de Padres por un Educación Significativa y su presidente Kusum Jain, desafió la legalidad del Castigo Corporal en las escuelas. La petición tuvo éxito y la Corte, a través de un dictamen liberado en Diciembre 1 del 2000, se dirigió al estado asegurando "que los niños no serán sometidos al Castigo Corporal en las escuelas y que recibirán la educación en un ambiente de libertad y dignidad, libre del miedo". El gobierno, defendiendo el uso del Castigo Corporal, citó la ley común y el caso de R vs. Hpley (1860) que sostuvo que un padre o profesor tiene derecho a utilizar un "razonable y moderado castigo coporal". Los jueces añadieron: "Puede anotarse que esta decisión fue procesada hace siglo ymedio. Desde entonces el pensar ha sufrido cambios dramáticos. La convención de la naciones unidas, de la cual India es firmante, es un testimonio del cambio y la importancia que está siendo dada al niño. La ley no puede ser estática. Debe moverse en el tiempo. Los Derechos del Niño no pueden ser ignorados".
El dictamen completo está disponible en www.pfmeonline.org. [idioma inglés] IsraelLa Suprema Corte de Israel declara ilegal todo Castigo Corporal - 2000En Enero 2000 la corte suprema de Israel, prohibió de forma efectiva todo Castigo Corporal parental, aún sea éste menor. El juez que lideró escribió:
Después de citar el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el dictamen incluyó:
Traducción extra-oficial: Israel Supreme Court, Criminal Appeal 4596/98 Plonit v A.G. 54(1)P.D. p. 145 Para el texto completo de una traducción no oficial del dictamen en formato PDF, clic aquí. [idioma inglés] ItaliaLa Corte Suprema de Italia declara ilegal todo Castigo Corporal - 1996En mayo 16 de 1996, la corte más alta de Italia, la Corte Suprema de Cassatiom en Roma, tomó la decisión de prohibir el Castigo Corporal parental. El dictamen establece que el uso de la violencia por motivos educacionales, no pueden ser más considerada legal". El juez Franceco Ippolito, quien escribió el dictamen, explicó que los jueces "consideraron al caso como una oportunidad para establecer el principio donde se el prohíbe en Italia emplear la violencia o Castigo Corporal para corregir la conducta de los niños. El juez predijo que este nuevo principio legal lograría filtrarse en la sociedad como una nueva norma y crearía una atmósfera donde la corrección física hacia los niños ya no sería socialmente aceptable. El dictamen establece que "la expresión "corrección de niños", donde se expresa una visión de la crianza culturalmente anacrónica e históricamente desfasada, debe ser redefinida, aboliendo toda connotación de jerarquía y autoritarismo e introduciendo ideas de compromiso social y responsable que se caracterice una posición educador vis a vis aprendiz. El término corrección debe ser entendido como un sinónimo de educación relacionado a un espíritu donde se confirme que deba ser parte de un proceso educativo. "En cualquier caso, cualquier sea el significado que se el reasigne a este término en la familia y las relaciones pedagógicas, el uso de la violencia para propósitos educaciones no puede ser más considerada legal. Existen dos razones para esto: la primera es la importancia primordial que el sistema legal italiano el atribuye a la protección de la dignidad individual. Eso incluye a los "menores" que ahora tienen derechos y no son más simples objetos que deben ser protegidos por sus padres o pero aún, objetos a disposición de sus padres. La segunda razón, es que de acuerdo al objetivo educativo, el armónico desarrollo de la personalidad del niño, que asegura que él y ella abracen los valores de paz, tolerancia y coexistencia, no puede ser conseguido a través del empleo de la violencia que contradice, estas metas". Cambria, Cass, sez. VI, 18 Marzo 1996 [Supreme Court of Cassation, 6th Penal Section, March 18 1996], Foro It II 1996, 407 (Italy). (ver también comentarios y entrevistas con el juez Ippolito en Susan H Bitensky, "Spare the Rod, Embrace our Humanity: toward a new Legal Regime Prohibiting Corporal Punishment of Children", University of Michigan Journal of Law Reform, vol. 31, Issue 2, Winter 1998 (University of Michigan Law School, 625 South State Street, Ann Arbor, MI 48109-1215 ( (1) 734 763-6100) NamibiaEl Castigo Corporal fue declarado inconstitucional en las escuelas y en los sistemas penalesEx parte Attorney General, Namibia: in Re Corporal Punishment by Organs of State, 1991(3)SA 76 En 1991, a Suprema Corte de Namibia declaró que el Castigo Corporal violaba el artículo 8(2)(b) de la Constitución: "Ninguna persona debe ser sometida a ninguna tortura o tratamiento cruel, inhumano o degradante o castigo". El juez líder notó que no sería apropiado "permitir que el Castigo Corporal, que es inconstitucional, continúe siendo infringido hasta que el Parlamento realice las enmiendas necesarias". Así que la Corte hizo dos ordenanzas:
Dictamen completo disponible en South African Law Reports NepalCorte Suprema de Nepal declara inconstitucional la defensa de las “golpizas menores”El 6 de Enero del 2005, la Corte Suprema de Nepal declaró que los padres, otros miembros de la familia y los maestros ya no contaban con la defensa de las “golpizas menores” a los niños bajo el Acta de los Niños de 1992. La Corte presentó una orden directiva a la Oficina del Primer Ministro y al Concejo de Ministros, pidiéndoles que “tomen medidas apropiadas y efectivas para prevenir el castigo público así como otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes o abuso impuesto o de probable imposición hacia los niños”. La decisión siguió una aplicación hecha por el Centro para Víctimas de Tortura. La sección 7 del Acta de 1992, que protege a los niños contra la crueldad y el abuso, señalaba que “cualquier acto por parte de la madre, el padre, miembro de la familia, guardián o maestro para regañar al niño o darle una golpiza menor para su propio bien no se considerará como violación a esta sección.” Las palabras “o darle una golpiza menor” fueron declaradas nulas e inválidas por la Corte, por ser inapropiadas e ir en contra de la Constitución. El dictamen completo se encuentra disponible aquí. SudáfricaEl caso relacionado al azote juvenil a jóvenes: el dictamenEl texto completo puede se encuentra en www.concourt.gov.za/judgments/1995/williams.html Resumen del rechazo al desafío de las escuelas cristianas para la prohibición del Castigo CorporalChristian Education South Africa v Minister of Education Un resumen de este caso puede encontrarse en www.concourt.gov.za/cases/2000/christianedusum.shtml donde puede también descargarse. ZimbaweLa Corte Suprema de Zimbawe - dictámenes condenan el castigo corporal judicialS v Ncube; S v Tshuma; S v Ndlovu 1988(2) SA702 (ZSC) S v Juvenile 1990(4) SA151 (ZSC) Dictamen completo disponible en South African Law Reports. |
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