La Convención sobre los Derechos del Niño y su Órgano Integral - El Comité de los Derechos del Niño
El artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño demanda que los Estados protejan a los niños "de todas las formas de violencia física y mental", mientras estén bajo el cuidado de parientes y otros. El Comité de los Derechos del Niño, ha interpretado a la Convención demandando a los Estados que protejan a los niños de todas las formas de Castigo Corporal y ha recomendado que su prohibición esté acompañada de educación pública donde se promueva la disciplina positiva.
Haga click para detalles de los comentarios y recomendaciones del Comité.
Otros instrumentos internacionales sobre el Castigo Corporal hacia los niños
"El Comité de los Derechos Humanos, el Comité sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Comité contra la Tortura, han condenado a través de sus comentarios y recomendaciones, el Castigo Corporal hacia los niños en los sistemas penales y escuelas. Ciertos instrumentos incluyendo los Dictámenes y Directrices de las Naciones Unidas concernientes a la justicia juvenil, han condenado de igual forma, el Castigo Corporal.
Haga click aquí para más detalles
Dictámenes clave de cortes que han condenado al Castigo Corporal, citando a los principios de los Derechos Humanos
En la última década, una serie de dictámenes que van desde dictámenes constitucionales, cortes supremas y de la Corte Europea sobre los Derechos Humanos, han desafiado la legalidad del Castigo Corporal hacia los niños en los sistemas penales, escuelas y en algunos casos dentro del seno familiar.
Haga click aquí para los detalles sobre los dictámenes
Reportes de Iniciativa Global para entes de monitoreo de derechos humanos
La Iniciativa Global para Acabar con todo castigo Corporal hacia Niños y Niñas regularmente envía reportes a los grupos de trabajo previos a las sesiones de los entes de monitoreo de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluyendo el Comité de los Derechos del Niño, el Comité contra la Tortura, el Comité de los Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Donde existe la posibilidad, los reportes también son embiados a entes regionalesde monitoreo de tratados, incluyendo la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Los reportes resumen la legalidad del castigo corporal y cualquier investigación relevante en los estados miembros examinados durante cada una de las sesiones del Comité, y piden que se lleven a cabo una serie de recomendaciones en relación al derecho del niño a la protección contra toda forma de violencia en lo que respecta a la Convención.
Haga clic aquí para ver los reportes disponibles
Subir